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RIGI: El Gobierno y una apuesta por la inversión energética

El Gobierno nacional oficializó este viernes la ampliación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), incluyendo por primera vez a los proyectos de generación de energía eléctrica como beneficiarios del esquema. La medida fue publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 938/2025, firmada por el ministro de Economía Luis Caputo, y representa un giro estratégico en la política industrial y energética del país.

El RIGI fue creado originalmente en el año 2000 como un régimen especial para facilitar la importación de bienes destinados a grandes proyectos de inversión industrial. Su objetivo principal del Gobierno es fortalecer la competitividad, modernizar el tejido productivo y fomentar la incorporación de tecnología.

A lo largo de los años, ha sido utilizado por empresas de sectores como minería, siderurgia, energía y transporte. Con la nueva resolución, el Gobierno incorpora a los proyectos de generación eléctrica, ya sean térmicos, renovables o nucleares, como parte de los sectores elegibles.

 Según los considerandos del texto oficial, esta decisión responde a “la experiencia internacional, los avances existentes en materia de generación de energía y las necesidades del sector energético de la República Argentina”.

La ampliación del RIGI se da en un momento crítico para el sistema energético argentino, declarado en emergencia hasta mediados de 2026. Durante la reciente ola polar de julio, más de 100.000 usuarios quedaron sin luz en la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano, en medio de temperaturas bajo cero y una oferta restringida por la salida programada de la central nuclear Atucha II.

Para evitar futuros cortes masivos, el Gobierno considera clave incentivar inversiones en generación eléctrica, tanto para ampliar la capacidad instalada como para diversificar las fuentes de energía. La inclusión de este sector en el RIGI busca precisamente acelerar ese proceso.

Principales cambios

La resolución no solo amplía el alcance del régimen, sino que también simplifica requisitos y modifica condiciones para facilitar el acceso de empresas al beneficio. Entre los puntos más destacados se encuentran: Se exige que al menos el 10% del valor FOB de los bienes importados se invierta en bienes nuevos de origen local, reduciendo el piso anterior del 20%.

Se permite iniciar el trámite sin tener definidas todas las inversiones nacionales, lo que agiliza el proceso. Se redefine el concepto de “puesta en marcha” como el inicio efectivo de la producción, y se establece que los bienes deben permanecer en poder de la empresa durante al menos 12 meses desde ese momento.

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